Iván Cabrera
27/06/2023
El CADTM (Comité para la abolición de las deudas ilegítimas) propone una versión traducida de la Ley belga con el objetivo de detener las actividades de los "Fondos buitre" y la especulación financiera. Esta Ley, redactada en colaboración con la experiencia del CADTM, el CNCD-11.11.11 y su equivalente flamenco, fue aprobada de forma unánime por el Parlamento Belga el 12 de julio de 2015. Ahora, este texto se encuentra amenazado por una demanda presentada ante la justicia por Elliott Management, uno de los mayores "fondos buitre" del mundo, propiedad del multimillonario estadounidense Paul Singer.
SERVICIO PÚBLICO FEDERAL FINANZAS
12 JULIO DE 2015. – Ley relativa a la lucha contra las actividades de los “fondos buitre” [1]
PHILIPPE, Rey de los Belgas,
A todos, presentes y por venir, saludos.
La Cámara de representantes adoptó y sancionamos lo que sigue:
Artículo 1. La presente ley regula una cuestión referida en el artículo 74 de la Constitución.
Art. 2. Cuando un acreedor persigue una ventaja ilegítima mediante la adquisición de un préstamo o deuda de un Estado, sus derechos respecto al Estado deudor se limitarán al precio pagado para redimir dicho préstamo o dicha deuda.
Cualquiera sea la ley aplicable a la relación jurídica entre el acreedor y el Estado deudor, ningún título ejecutivo puede obtenerse en Bélgica y ninguna medida cautelar o de ejecución forzosa podrá ser tomada en Bélgica a petición del susodicho acreedor a fin de recibir un pago en Bélgica si este pago le da una ventaja ilegítima tal como lo define la ley.
La búsqueda de una ventaja ilegítima se deriva de la existencia de una desproporción manifiesta entre el valor de recompra del préstamo o deuda pedido por el acreedor y el valor nominal del préstamo o deuda, o también entre el valor de recompra del préstamo o deuda por el acreedor y las sumas cuyo pago demanda.
Para constituir una ventaja ilegítima, la evidente desproporción referida en el apartado 2 debe completarse con al menos uno de los siguientes criterios:
El Estado deudor se encontraba en un estado de insolvencia o de suspensión de pagos comprobada o inminente en el momento de la recompra del préstamo o crédito;
El acreedor tiene su sede en un Estado o territorio:
a) que está en la lista de Estados o jurisdicciones no cooperativos establecida por el Grupo de Acción Financiera (GAFI), o
b) referido en el artículo 307, § 1, párrafo 5, del Código del impuesto sobre la renta de 1992 o
c) que figura en la lista establecida por el Rey de Estados que se niegan a negociar y firmar un acuerdo que establece, de conformidad con las normas de la OCDE, el intercambio automático de información en materia fiscal y bancaria con Bélgica a partir de 2015;
El acreedor hace uso sistemático de procedimientos legales para conseguir el reembolso del préstamo o préstamos que haya recomprado anteriormente;
El Estado deudor es objeto de medidas de reestructuración de su deuda, de las cuales el acreedor se niega a participar;
El acreedor ha abusado de la situación de debilidad del Estado deudor para negociar un acuerdo de reembolso claramente desequilibrado;
Devolución de las cantidades reclamadas por el acreedor tendría un impacto adverso identificable sobre las finanzas públicas del Estado deudor y pueda poner en peligro el desarrollo socio-económico de su gente.
el reembolso integral de los montos reclamados por el acreedor tendría un impacto adverso identificable sobre las finanzas públicas del Estado deudor y podría poner en peligro el desarrollo socio-económico de su población.
Art. 3. Esta ley se aplica siempre y cuando se apliquen los tratados internacionales, el derecho de la UE o los tratados bilaterales.
Promulgamos esta ley y ordenamos que sea expedida con el sello del Estado y publicada en el Boletín Oficial de Bélgica.
Hecho en Bruselas, 12 de Julio el año 2015
PHILIPPE
Por el Rey
El Ministro de finanzas,
J. VAN OVERTVELDT
Sellado con el sello del Estado:
El ministro de Justicia
K. GEENS