Informe pericial que evidencia que la TAE efectiva aplicada en un crédito revolving excede la indicada en el contrato

El demandante, titular de una tarjeta de crédito revolving, solicita la nulidad del contrato por considerar usurario el interés remuneratorio pactado.

La peculiaridad del caso radica en que, según el informe pericial presentado por el demandante, la TAE efectiva aplicada es superior a la indicada en el contrato. En lugar de ser del 19,55% como se estipula en el contrato, que estaría por debajo del promedio del año de contratación, la TAE efectiva es del 64,90%. El titular del Juzgado encuentra llamativo que la respuesta a la demanda, a pesar de su extensión de 132 páginas, no mencione el informe pericial que concluye que la TAE aplicada es del 64,90%.

Debido a la falta de acción de la demandada, el magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Denia (sentencia 288/2023, de 16 de octubre) considera probada la aplicación de una TAE del 64,90%, validando los cálculos del informe pericial no refutado. Esto supone un tipo de interés superior al triple del TEDR de 2014 (21,17%), lo que lleva a declarar usurario el contrato de la tarjeta de crédito, conforme a los criterios establecidos en la STS de 15 de febrero de 2023.

Además, la sentencia indica que, de no haberse admitido la acción principal, la acción subsidiaria de nulidad por falta de transparencia también sería válida, ya que el hecho de que la TAE efectiva sea del 64,90% demuestra la falta de transparencia en las condiciones contractuales, que informaban de manera imprecisa un interés TAE del 19,55%. Esto es una prueba de que las condiciones contractuales son equívocas y no transparentes, impidiendo un conocimiento adecuado de las repercusiones y carga económica del contrato.

Para la abogada María Jesús Sanz Cardona, del Bufete Sanz Abogados, que ha llevado la defensa del caso, "es una resolución que marcará un antes y un después en procedimientos donde se ejerciten acciones de nulidad de contrato por usura y falta de transparencia y abusividad. Este importante fallo sienta un precedente innovador en la lucha contra los intereses abusivos y la usura bancaria, especialmente en casos relacionados con tarjetas revolving".

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